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¿Fin del caso curva del diablo?

Suprema dictará mañana sentencia por el caso curva del diablo Lima. - Luego de haber sido suspendida dicha audiencia, hace casi dos meses, el día de mañana miércoles 27 de setiembre de 2017

¿Fin del caso curva del diablo?



26/09/17 - 08:11


Suprema dictará mañana sentencia por el caso curva del diablo

Lima. - Luego de haber sido suspendida dicha audiencia, hace casi dos meses, el día de mañana miércoles 27 de setiembre de 2017, la Corte Suprema dictará sentencia por el caso curva del Diablo.

Cronograma de los hechos:

1) En diciembre de 2007, en marco de la implementación del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos, el gobierno aprista, y, con complicidad del Congreso, emiten, un paquete de leyes conocidos como «Leyes de la Selva», que implicaban la facilitación de venta y/o concesión de tierras y riquezas naturales de la Amazonía peruana.

2) En agosto de 2008, se inicia a nivel nacional las protestas del pueblo amazónico exigiendo la derogación de las “Leyes de la selva” -el Congreso hace oídos sordos.

3) El 9 de abril de 2009, se inicia formalmente el paro Amazónico, notándose al final con más fuerza en el departamento de Amazonas; son tomados el puente Corral Quemado, carretera Fernando Belaunde en la Curva del Diablo, la Estación N° 6 de Petroperú, y otros.

4) El 5 de junio de 2009, después de 57 días de paro y en la que se hallaron unos cuatro mil protestantes en la zona de Curva del Diablo, frustradas las negociaciones, pero violando el acuerdo del día anterior de retiro voluntario de los huelguistas, el gobierno aprista autoriza la intervención de la Dinoes para “limpiar la carretera”.

5) En la intervención (según declaraciones como testigo en la 26 audiencia del Director del Operativo de Desalojo de la carretera Fernando Belaúnde Terry, Grl(r) Luis Muguruza) hubo 3 tanques blindados, 6 helicópteros, 800 efectivos Dinoes, 580 fusiles y otras armas.

6) Las consecuencias de pérdidas humanas fueron: en la Curva del Diablo: 16 muertes (12 policías y 4 indígenas), en las ciudades de Bagua y Bagua Grande: 6 muertes (1 indígena y 5 civiles), en la Estación N° 6 de Petroperú: 11 muertes (todos policías).

7) Otras consecuencias de la incursión: un policía desaparecido, más de 200 heridos (82 de bala) y el destrozo de algunos bienes muebles e inmuebles.

8) El 6 de junio de 2009 el gobierno decreta “Toque de queda”, lo que permitió a la Policía Nacional del Perú hacer una “cacería de brujas”, hubo en total 83 detenidos.

9) Se encarcelan en el Penal San Humberto de Bagua Grande a varios detenidos, luego son trasladados al Centro Penitenciario de Huancas (Chachapoyas) un total de 18 indígenas, de los cuales algunos fueron liberados, pero quedaron en ella dos indígenas, hasta por más de cinco años.

10) De estos 83 detenidos, 53 fueron procesados en el caso Curva del Diablo.


Memoria breve del Juicio por el caso Curva del Diablo

1) El 14 de mayo del año 2014 se inicia el juicio en la Sala Penal Transitoria de Bagua.

2) en el juicio estuvieron procesados 53 personas (24 indígenas y 29 mestizos).

3) En el proceso judicial también se incluyeron 38 testigos y unos 20 peritos.

4)  El Dictamen de la Fiscalía Mixta de Bagua N° 0432012, presentado en la Audiencia de Control de Acusación de fecha 7 de marzo de 2013, la Fiscalía pide un total de 9 cadenas perpetuas (para ocho indígenas y un mestizo), y, un acumulado de mil 925 años de cárcel.

5) El Procurador Público Juan Carlos Portocarrero Zamora en la Audiencia 54, señaló: “Se solicita que se imponga a los acusados el pago solidario de una reparación civil a favor de mi representada (Estado) un monto no menor de cien mil nuevos soles (S/ 100.000) en el supuesto de emitirse una sentencia condenatoria que está determinada en virtud a la activación de los medios probatorios”.

6) El juicio tuvo un total de 64 audiencias, pero, más de 10 fueron suspendidas, y otras 10 no tuvieron relevancia alguna.

7) Las audiencias se dieron en promedio cada 15 días para durar en promedio cuatro horas.

8) Todos los procesados tuvieron que acudir a todas las audiencias, aunque sea solo para pasar lista.

9) Algunos aspectos que evidencian las audiencias es que los peritos de la propia PNP, han dado cuenta que todos los policías en la Curva del Diablo murieron por bala (proyectiles de 7.62 mm, que corresponden a municiones de fusiles AKM o FAL, armas de guerra oficial, autorizadas solo al Ejército o Policía Nacional, sin embargo.

10) En ninguno de los procesados dio positivo la prueba de absorción atómica practicada el mismo 6 de junio de 2009, lo que significa que nunca dispararon.  

11) Lo que significa a su vez, que ninguno de los procesados pudo haber matado o herido a los policías.

Además: 12) Ningún policía que participó como testigo en el juicio y estuvo presente en el enfrentamiento dijo haber reconocido a algunos de los procesados como partícipes del enfrentamiento, y lo que es más destacable aún.

13) Ninguno de los familiares de los 12 policías fallecido realizó alguna denuncia en contra de algún nativo o mestizo, su posición unánime como familiares ha sido responsabilizar políticamente al gobierno aprista por la pérdida de sus familiares.

14) El 22 de setiembre de 2016, después de 28 meses y 64 audiencias, la Sala decreta absolución para los 52 procesados. 15). La fiscalía apela parcialmente la sentencia, procediendo a trasladar el caso a la Corte Suprema en Lima, en la que se mantiene la acusación a solo tres indígenas:  Cahuasa Rolin, Feliciano (wampis), Dany López Shawit (awajun) y Requejo Jima, Ronal (awajjun).

El Juicio en la Suprema
Ha pasado más de un año, y finalmente mañana 27 de setiembre a las nueve de la mañana, la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, ubicada en Palacio de Justicia en la capital peruana, los jueces dictarán la sentencia para el caso de Cahuasa, López y Requejo y será la sentencia final en lo que compete a la justicia peruana. Una de las abogadas de los acusados ha manifestado que este 27 por fin se hará justicia, refiriéndose a que espera, que la Corte Suprema ratifique la absolución de los tres indígenas lo que ya sentenció la Corte Superior en Amazonas.

(Manuel Yóplac Acosta – Asociación Medio Ambiental Raíces)

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