Contralorí­a ahora podrá suspender o inhabilitar a gobernadores regionales y alcaldes

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20/05/19 – 05:17

La Contralorí­a elaborará una lista de las infracciones que tendrán estas sanciones, señaló el contralor Nelson Shack, quien en entrevista con Gestión adelantó algunos casos pasibles de suspensión o inhabilitación.
 
Por: José Carlos Reyes – Gestión

Esta semana el Congreso aprobó la ley de fortalecimiento de la Contralorí­a General de la República, la cual facultará a esta entidad a suspender o inhabilitar a gobernadores regionales y alcaldes, en caso de encontrar irregularidades en su gestión.
El Contralor General de la República, Nelson Shack, refirió que actualmente los funcionarios públicos elegidos por voto popular están excluidos de ser sancionados por responsabilidad administrativa. Esto cambiará cuando se promulgue la ley aprobada en el Congreso.

Esta ley elimina la exclusión de la responsabilidad administrativa. Ahora serán procesados como cualquier otro funcionario público. Si tras la auditorí­a se determina que se ha cometido una infracción, se podrí­a sancionar con hasta dos años de suspensión o una inhabilitación de hasta por cinco años?, subrayó Shack.
Casos de sanción
El Contralor explicó algunos ejemplos de infracciones graves o muy graves que pueden desencadenar en una suspensión o inhabilitación.
Por ejemplo, si al hacer auditorí­as encontramos que hubo direccionamiento que causó perjuicio económico para el Estado al contratar a un proveedor y no a otro, es una infracción muy grave?, señaló.
Otro caso es cuando no se respetó la ley de contrataciones y adquisiciones, en determinado procedimiento.

Creen que algo es una emergencia (cuando no lo es) y compran rompiendo todos los procesos. Y eso pasa más cotidianamente de lo que creemos?, anotó Shack.
El informe sancionador de Contralorí­a también será enviado al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), donde se podrí­a disponer la vacancia del funcionario público.
Plazos
La ley aprobada dispone que la Contralorí­a tenga un periodo de 120 dí­as para implementar los cambios.
En ese tiempo también se elaborará una lista de infracciones y sus respectivas sanciones.
Todos los funcionarios públicos tienen que tener claro todas las conductas infractoras por las cuales serán sujetos de sanción. En muchos casos hay una tipificación ambigua, por lo que tendremos un proceso riguroso de retipificación?, refirió.
Agregó que con la reforma los procesos sancionadores se volverán más céleres y predecibles, por lo que se espera reducir el tiempo promedio que toma un proceso sancionador de dos años a seis meses.
Los resultados de este cambio se empezarán a dar desde fin de año?, apuntó Shack.
Al Presidente no
La Contralorí­a también precisó que solo quedarán excluidos de ser sancionados los titulares de organismos constitucionalmente autónomos y autoridades con prerrogativa de antejuicio polí­tico, como el Presidente de la República (art. 99 de la Constitución), por hechos realizados en el ejercicio de sus funciones.

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