¡MÁS DE S/100 MIL DE SANCIÓN! INDECOPI castiga en primera instancia a colegio privado de CHACHAPOYAS por cobros e irregularidades

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Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C. recibió una sanción de 19.14 UIT por presuntas infracciones a las normas de protección al consumidor

CHACHAPOYAS.– La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de San Martín sancionó, en primera instancia administrativa, a la Empresa Educativa Grupo Horna S.A.C., que brinda servicios educativos en Chachapoyas, con una multa de 19.14 UIT, equivalente a S/ 105 270, por diversas infracciones a las normas de protección del consumidor.

La decisión está contenida en la Resolución N.° 0187-2026/INDECOPI-SAM, emitida luego de un procedimiento iniciado a partir de una supervisión realizada por personal de la Oficina Regional del Indecopi en Amazonas.

¿QUÉ DETECTÓ INDECOPI?

Según la resolución citada, la institución educativa habría incurrido en diferentes conductas consideradas infracciones administrativas.

Entre ellas se encuentran:

Falta de información por escrito sobre la fecha u oportunidad de pago de la cuota de ingreso correspondiente al periodo lectivo 2024.

Cobro de conceptos extraordinarios relacionados con libros y uniformes.

Establecimiento de un interés moratorio superior al límite permitido por ley.

Irregularidades en el proceso de selección de textos escolares.

Direccionamiento de útiles y uniformes hacia una determinada marca o proveedor.

La Comisión impuso 3.19 UIT por cada infracción acreditada, acumulándose un total de 19.14 UIT, equivalente a los S/ 105 270 señalados en la resolución.

TAMBIÉN ORDENA CORREGIR LAS PRÁCTICAS

Además de la sanción económica, Indecopi estableció medidas correctivas para la institución educativa.

Entre ellas, ordenó informar adecuadamente a los padres de familia sobre la fecha y oportunidad para el pago de la cuota de ingreso, así como abstenerse de aplicar intereses moratorios que superen el límite legal.

También dispuso eliminar este tipo de condiciones de los contratos y cumplir con la normativa vigente respecto de la selección de textos escolares.

LA SANCIÓN TODAVÍA PUEDE SER APELADA

Un aspecto fundamental de esta resolución es que se trata de una decisión de primera instancia administrativa.

Por ello, la institución educativa tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación dentro de los 15 días hábiles siguientes a su notificación. De presentarse este recurso, el caso será evaluado por la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi.

Por tanto, la sanción informada no debe presentarse como una decisión administrativa definitiva, pues todavía existe la posibilidad de que sea apelada y revisada por una instancia superior.

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