30/04/24 – 05:42
Según el programa periodístico, para dicho incremento se consideró como factor de actualización el índice de precios al consumidor; es decir, el aumento de los precios de productos de panllevar, y se haría efectivo desde marzo de este año.
Al respecto, RPP conversó con José Cevasco, exoficial Mayor del Congreso, quien explicó cuáles son las remuneraciones que perciben los congresistas y a quién deben rendirle cuentas por dichos ingresos.
¿Cuáles son las remuneraciones que perciben los legisladores?
Cevasco Piedra explicó que los parlamentarios perciben una remuneración que asciende a más de S/15 mil mensuales, «sin aplicar el impuesto a la renta», y que el monto que perciben por función congresal se refiere a una asignación que reciben exclusivamente para sus actividades de representación.
«Tienen su remuneración: S/15 mil y pico de soles, como cualquier trabajador, es el (ingreso) bruto sin aplicar el impuesto a la renta o el resto de impuestos que concierne a la remuneración. Luego tienen la función congresal, (que) es un concepto muy antiguo (¦) que se crea para poder darle una asignación adicional por las funciones que ellos realizan, y se les denominó función congresal con el propósito de tener un concepto adicional a la remuneración que ya se tenía», explicó.
Vale resaltar que en la página web del Congreso se precisa que la remuneración mensual de cada legislador es de S/15 600, con dos gratificaciones por el mismo monto depositadas en julio y diciembre de cada año.
Asimismo, José Cevasco indicó que existe el «gasto por semana de representación», el cual asciende a más de S/4 mil, y del que ya no hay necesidad de sustentar por estar sujeto al impuesto a la renta.
«Luego tenemos el gasto por la semana de representación que son 4 mil soles y algo en forma líquida. Ese dinero se les otorgaba para que realicen gastos durante la semana de representación. Antiguamente, este último concepto tenía que sustentarse con facturas y boletas de pago, pero luego el Congreso tomó la decisión de decir ya no me sustenten, señores congresistas, porque también van a estar sujetos al impuesto a la renta».
«Entonces, estos tres conceptos: remuneración, función congresal y semana de representación están sujetos al impuesto a la renta. Así se convierten de libre disponibilidad y no están sujetos a ningún tipo de sustentación de gastos», refirió.




