Veteranos de las Fuerzas Armadas recibirán pensión vitalicia de S/1.130 | Fuente: CCFFAA
Redacción RPP
El Gobierno oficializó la ley del Congreso que otorga una pensión mensual vitalicia a los militares que prestaron servicio entre los años 1980 y 2000.
El Poder Ejecutivo oficializó la ley 32577 aprobada por el Congreso de la República que otorga una bonificación económica excepcional para cerca de 9.000 licenciados veteranos de la pacificación nacional, militares que prestaron servicio entre los años 1980 y 2000.
El bono asciende a S/1.130 y se pagará mensualmente de manera vitalicia, lo que sería como una pensión. Se empezará a abonar de manera progresiva, priorizando a los beneficiarios según su edad o condición.
La ley publicada hoy en el diario oficial El Peruano señala que la bonificación no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable, no está sujeta a cargas sociales, no forma parte de los beneficios laborales.
¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?
La norma precisa que podrán ser beneficiarios los licenciados bajo la Ley 30826, Ley del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional reconocidos por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas hasta el 31 de diciembre de 2024.
Para ello deben cumplir los siguientes requisitos:
Haber realizado servicio militar obligatorio entre 1980 y 2000.
En el caso del Ejército del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como recluta o soldado o cabo o sargento primero o sargento segundo.
En el caso de la Marina de Guerra del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como grumete o marinero o cabo primero o cabo segundo.
En el caso de la Fuerza Aérea del Perú, haber terminado el servicio militar obligatorio como aviador o cabo o sargento primero o sargento segundo.
Haber servido en zonas de emergencia.
Haber participado en acciones de pacificación validadas por su institución armada.
Haber servido entre 12 y 24 meses consecutivos.
No tener antecedentes policiales, penales o judiciales.
No ser deudor alimentario.
¿Cómo acceder al bono vitalicio?
Los licenciados veteranos, siempre que cumplan con los requisitos establecidos, pueden solicitar la bonificación ante el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas desde el día siguiente de la entrada en vigor de la ley hasta el 31 de julio del 2027.
Después de la aprobación del Comando Conjunto, pasa al Ministerio de Defensa, que se encarga de registrar al beneficiario en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP), en un plazo no mayor de 90 días calendario.
Finalmente, cuando el registro se completa, el beneficiario ingresa al grupo que le corresponde según su edad o condición, y según corresponda comienza a recibir el pago del bono de manera mensual.
¿Cuándo se entregará la bonificación?
El bono vitalicio se pagará mensualmente a quienes tengan su solicitud aprobada y estén registrados en el sistema estatal correspondiente.
Esta pensión empieza a abonarse de manera progresiva, según la edad o condición del beneficiario. Cada año se inicia el pago a cada grupo, según la siguiente clasificación.
Primer año, Grupo 1: mayores de 60 años y aquellos con discapacidad permanente.
Segundo año, Grupo 2: entre 55 y 59 años.
Tercer año, Grupo 3: entre 50 y 54 años.
Cuarto año, Grupo 4: entre 45 y 49 años.
Quinto año, Grupo 5: entre 40 y 44 años.




