Abogados de Pedro Castillo cambian de opinión

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21/11/22 – 14:06

Premier Torres y Benji Espinoza modifican sus interpretaciones constitucionales en correspondencia a su posición en el poder.

Por Mike Figueroa – Expreso
El titular del Consejo de Ministros, Aní­bal Torres, señaló ante el Congreso en noviembre del año pasado que se podí­a destituir al mandatario por delitos contemplados en el artí­culo 99 de la Constitución y propuso eliminar las cuestiones jurí­dicas que promovieran la ingobernabilidad?; sin embargo, ahora propone una inconstitucional cuestión de confianza.
En tanto que el abogado presidencial Benji Espinoza declaró que sí­ se le podí­a investigar [a Pedro Castillo] por el caso de los ascensos en las Fuerzas Armadas, que le corresponde a la fiscal de la Nación? en investigación preliminar. Y ahora sostiene que no se puede y hasta exige que no se usen videos de diligencias en Palacio de Gobierno.
Aní­bal Torres, cuando aún era ministro de Justicia, en sesión de la Comisión de Reglamento y Constitución del Congreso el 9 de noviembre de 2021, ante una pregunta de la congresista Gladys Echaí­z manifestó: Efectivamente, el artí­culo 117 consagra el sistema presidencialista, pero luego, desarrolla en otros artí­culos, como lo he demostrado, el sistema parlamentarista. Nuestra Constitución no es puramente presidencialista, sino es un hí­brido: presidencialista y parlamentaria. El 117 señala las causales de vacancia, el 99 agrega otras causales, por cualquier delito que pueda o no cometer el presidente de la República o por cualquier infracción a la Constitución, eso es suficiente?.
Añadió sobre el proyecto de ley, que sustentaba junto a la entonces premier Mirtha Vásquez: Lo que estamos haciendo con este proyecto de ley es eliminando aquellas cuestiones jurí­dicas que determinaron en el quinquenio pasado esa situación de ingobernabilidad que conocen todos los peruanos y nadie lo puede negar?.
El entonces titular del Minjusdh, en esa misma sustentación, recordó además que las cuestiones de confianza, de acuerdo a la Constitución Polí­tica, no proceden cuando se traten de competencias exclusivas y excluyentes del Parlamento, como es el caso de legislar.
Nos estamos refiriendo a ambas cuestiones de confianza, a la obligatoria y a la facultativa, estamos eliminando la cuestión de confianza obligatoria, y la cuestión de confianza facultativa no procede cuando versen sobre materia que afecte las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso o de los otros órganos constitucionalmente autónomos?, dijo.
Como ustedes verán, es una explicación coherente, de acuerdo a derecho. Las contradicciones que pueden pensar ustedes, bueno, ¿qué le voy a hacer? Respeto sus opiniones, pero como abogado tengo que hablar de acuerdo a derecho, no me puedo apartar de la Constitución?, agregó.
Ahora el premier Aní­bal Torres, embebido de poder, quiere usar las mismas cuestiones jurí­dicas que se utilizaron en el quinquenio anterior, como la denegación fáctica, para tumbarse a este Congreso. Nos preguntamos entonces, ¿Dónde está la coherencia polí­tica que tanto pregona el premier?

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