08/01/2017 – 14:55
Y gracias al reciente Decreto Supremo Nº 1289, SUSALUD puede además puede recomendar a hospitales y clínicas el inicio del procedimiento administrativo disciplinario a los profesionales de la salud que incumplan con su función afectando la salud de sus pacientes.
En el marco de la defensa de los derechos en salud de los la población peruana, que se atienden en centros, hospitales, clínicas o a través de aseguradoras de salud, la Superintendencia Nacional de Salud (Susalud), es la única entidad que posee la capacidad de sancionar cuando algún establecimiento de salud público, privado y mixtos ha incumplido con sus funciones vulnerando los derechos en salud de sus pacientes, con multas de hasta 2 millones 25 mil soles (500 Unidades ImpositivasTributarias-UITs)
Además, SUSALUD puede realizar otras sanciones, como la amonestación escrita, suspensión de la autorización de funcionamiento o revocación de dichas autorizaciones, restricción de uno o más servicios, cierre temporal y cierre definitivo del establecimiento, así lo enfatizaron los voceros de SUSALUD, tras agregar que gracias al reciente Decreto Supremo Nº 1289, SUSALUD puede además recomendar a hospitales y clínicas el inicio del procedimiento administrativo disciplinario, sin perjuicio de las acciones civiles y/o penales, a los profesionales de la salud que incumplan su función.
Y estas recomendaciones no sólo quedan en papel, puesto que también SUSALUD tiene como otra nueva función realizar el seguimiento permanente de las recomendaciones a estas entidades para su cumplimiento; además, el precitado dispositivo legal, permite que SUSALUD acceda oportunamente a la historia clínica del paciente lo que redundará en facilitarnos información útil y oportuna adicional para el mejor ejercicio de nuestras funciones de supervisión y de protección de derechos en salud?, dijeron.
Los derechos en salud son: Derecho al acceso a los servicios de salud, derecho al acceso a la información, derecho a la atención y recuperación de la salud, derecho al consentimiento informado y derecho a la protección de sus derechos.
GESTION CENTRADA EN EL USUARIO: El usuario debe ser atendido como nos gustaría que nos atiendan.




