Keiko Fujimori firma decreto que endurece la disciplina escolar: estas son las nuevas sanciones para los estudiantes

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Normativa establece responsabilidades para docentes, directores y familias, además de disposiciones sobre convivencia, presentación personal y prevención de la violencia.

Por Roberto Sánchez R. – Expreso

La presidenta de la República, Keiko Fujimori, suscribe este sábado el Decreto Supremo que aprueba los nuevos lineamientos para la gestión de la disciplina escolar en la Educación Básica, una normativa que establece reglas para ordenar la convivencia en los colegios públicos y privados.

La disposición recoge los aportes de la comunidad educativa y de la sociedad durante un proceso de debate público y precisa las obligaciones de directores, docentes y familias frente a las conductas que alteren el ambiente educativo.

En la ceremonia participan el ministro de Educación, José Antonio Chang; la viceministra de Gestión Pedagógica, Miriam Ponce; directores y representantes del sector.

Entre sus principales disposiciones, la norma clasifica las faltas en leves, graves y muy graves, y reconoce la autoridad del docente para orientar a los estudiantes, mantener el orden en las aulas y aplicar amonestaciones verbales.

Los directores, por su parte, deben evaluar las infracciones y determinar las medidas correspondientes, que incluyen reparación del daño, restricciones de actividades, suspensión temporal, matrícula condicional y separación definitiva del colegio.

Los lineamientos consideran faltas graves las agresiones físicas sin lesiones, el maltrato psicológico, las amenazas, las humillaciones, la divulgación de información personal y el uso no autorizado de celulares para actividades ajenas al aprendizaje.

También incorporan las tardanzas injustificadas reiteradas, la posesión o consumo de sustancias prohibidas y la participación en retos o apuestas que pongan en peligro a los estudiantes.

Entre las infracciones muy graves figuran el bullying, el ciberbullying, el acoso y la violencia sexual, la discriminación, la extorsión, el cobro ilegal de cupos, la comercialización de drogas, la tenencia de armas, el robo y la falsificación de documentos.

La lista también comprende la suplantación de identidad en redes sociales y la difusión no autorizada de imágenes, audios o datos personales. En materia de presentación personal, la disposición exige higiene, aseo y uso adecuado del uniforme o vestimenta institucional.

Para los colegios públicos establece restricciones sobre maquillaje, piercings, aretes, anillos, cadenas, pulseras, tatuajes, cabello pintado y determinadas características del uniforme y corte de cabello. En las instituciones privadas, los reglamentos internos deben precisar estas exigencias y comunicarlas a las familias.

La normativa establece que las suspensiones por faltas graves o muy graves pueden alcanzar hasta tres días hábiles. Asimismo, contempla la expulsión cuando el estudiante acumule tres suspensiones durante el año, cometa una infracción muy grave que lo justifique o incurra reiteradamente en conductas que hagan inviable su permanencia.

Directores deben considerar edad y desarrollo del estudiante

Sin embargo, los directores deben considerar la edad, el desarrollo del estudiante, sus antecedentes, las circunstancias de los hechos y el daño ocasionado antes de imponer una sanción. También deben escuchar su versión y comunicar formalmente la decisión a sus familiares.

En caso de separación definitiva, la dirección debe informar a la UGEL para garantizar que el menor continúe sus estudios en otra institución pública, según corresponda.

Los lineamientos prohíben los castigos físicos, las humillaciones, los insultos y cualquier trato denigrante. Tampoco permiten privar a los alumnos de alimentos, agua, servicios higiénicos, descanso o atención médica.

Finalmente, cuando el personal educativo identifique presuntas conductas delictivas, deberá comunicarlas inmediatamente a la Policía o al Ministerio Público.

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