¡Paciencia, el suelo está parejo! La pelea por los votos continúa

Facebook
LinkedIn
WhatsApp
X
Telegram

El recurso de Juntos por el Perú superó la primera revisión del JEE y ahora será el Pleno del JNE el que decida si procede o no anular los resultados de 1,751 mesas de sufragio.

Por C. Alfredo Vignolo G. del V. – Expreso

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 concedió el recurso de apelación interpuesto por Juntos por el Perú (JP) para declarar la nulidad de los resultados en 1,751 mesas de sufragio correspondientes a la segunda vuelta presidencial.

El órgano electoral de primera instancia dispuso la elevación del expediente completo al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), quien deberá emitir un pronunciamiento definitivo sobre la controversia. La medida se formalizó mediante la Resolución No. 04277-2026-JEE-LIC1/JNE emitida el 15 de junio último.

La procedencia del recurso impugnatorio se determinó luego de comprobarse que la agrupación política cumplió con los requisitos de ley vigentes, tras la declaración inicial de improcedencia dictada el 11 de junio.

El expediente fue remitido a la máxima instancia electoral para su evaluación en una etapa de revisión de fondo. El principal obstáculo procesal para la tramitación del pedido original radicaba en la acreditación de las tasas administrativas asociadas a los pedidos de nulidad formulados.

El pasado 12 de junio de 2026, el órgano electoral de primera instancia desestimó la solicitud inicial debido a que no se demostró el pago total que superaba los 2 millones de soles por el conjunto de las mesas observadas. La subsanación del requisito económico permitió que el tribunal electoral validara la documentación complementaria.

El Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 1, dispuso la notificación inmediata a las partes procesales a través de las casillas electrónicas institucionales del JNE para dar continuidad al calendario legal.

La pretensión jurídica planteada por Juntos por el Perú (JP) busca dejar sin efecto el escrutinio realizado en mesas instaladas en los distritos de Lima Metropolitana.

Juntos por el Perú (JP) sostiene que las presuntas irregularidades operativas detectadas durante la jornada de la segunda vuelta habrían beneficiado de forma directa a la postulación presidencial de Keiko.

La admisión del recurso de apelación por parte del tribunal de primera instancia no determina la aprobación final del pedido de nulidad, sino el inicio de su evaluación en el Pleno del JNE.

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tiene un plazo promedio estimado de seis días hábiles para resolver en audiencia pública los recursos de apelación en segunda y última instancia. El Pleno del JNE determinará formalmente si el pedido inicial y la subsanación económica se encuentran de manera extemporánea o bajo el marco legal.

El hecho de que el trámite suba al JNE no convalida el fondo del pedido. Si los magistrados consideran que los argumentos o pagos están fuera del tiempo establecido por la ley electoral, declararán el recurso infundado o improcedente. Este paso es parte del debido proceso que se le otorga a cualquier organización política en el sistema electoral.

Artículos relacionados: