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¿Qué es el asilo diplomático y cuándo se puede otorgar?

CASO NADINE HEREDIA Según la Sociedad Peruana de Derecho Internacional, la figura jurídica de asilo diplomático establece en su artículo II que "todo Estado tiene derecho de conceder asilo", pero a través de su artículo III limita esta prerrogativa. Alvaro Treneman – Perú 21 El asilo diplomático es una figura jurídica del derecho internacional que permite a un Estado otorgar protección a una persona perseguida por motivos políticos, ofreciéndole refugio en su misión diplomática, ya sea embajada o consulado, en otro país. Aunque su aplicación ha sido objeto de controversia, esta práctica ha tenido un papel protagónico en la historia de América Latina, donde ha sido utilizada tanto por gobiernos como por figuras políticas en contextos de inestabilidad y persecución.

¿Qué es el asilo diplomático y cuándo se puede otorgar?



16/04/25 - 04:59

La tradición del asilo diplomático en Latinoamérica tiene raíces que se remontan al siglo XIX, cuando los conflictos internos, guerras civiles y golpes de Estado eran comunes. Fue así como muchos líderes políticos, opositores y disidentes buscaron refugio en embajadas extranjeras para evitar represalias o juicios sumarios. Uno de los tratados más relevantes que regulan esta figura es la Convención sobre Asilo Diplomático firmada en Caracas en 1954, bajo el marco de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

A diferencia del asilo territorial —que implica la protección en el territorio del Estado asilante—, el asilo diplomático ocurre dentro de las sedes diplomáticas, espacios que gozan de inviolabilidad y están amparados por la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961). Sin embargo, esta figura no es aceptada de manera universal. Mientras que en América Latina ha sido una práctica frecuente y respaldada por tratados regionales, otros países, especialmente en Europa, la consideran una violación al principio de soberanía territorial.

Uno de los casos más emblemáticos de asilo diplomático ocurrió en 1949, cuando el líder aprista Víctor Raúl Haya de la Torre se refugió en la embajada de Colombia en Lima durante cinco años. El caso fue llevado hasta la Corte Internacional de Justicia, que si bien no se pronunció a favor del derecho al asilo como obligación general, sí reconoció su existencia en contextos regionales donde los tratados así lo permitieran.

En tiempos recientes, el asilo diplomático volvió a la atención internacional con la situación del fundador de WikiLeaks, Julian Assange, quien permaneció por casi siete años en la embajada de Ecuador en Londres. Aunque este caso no tuvo lugar en América Latina, puso en evidencia los dilemas contemporáneos de esta figura, especialmente cuando el país anfitrión no concede el salvoconducto necesario para permitir la salida del asilado.

CASO NADINE HEREDIA
Según la Sociedad Peruana de Derecho Internacional, la figura jurídica de asilo diplomático establece en su artículo II que "todo Estado tiene derecho de conceder asilo", pero a través de su artículo III limita esta prerrogativa:

"No es lícito conceder asilo a personas que al tiempo se solicitarlo [...] estén condenadas por tales delitos [comunes] y por dichos tribunales [ordinarios competentes], sin haber cumplido las penas respectivas [...] salvo que los hechos que motivan la solicitud de asilo [...] revistan claramente carácter político".

En ese sentido, la entidad considera que en el caso de Nadine Heredia, la sentencia condenatoria que le ha sido impuesta es el resultado de un prolongado proceso judicial en el cual se han observado todas las garantías básicas del debido proceso, y no existen evidencias que permitan sostener que los magistrados emisores de la sentencia habrían actuado bajo móviles políticos o que habrían sido influenciados antijurídicamente por factores extraños. 

Otros acuerdos internacionales, como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (2004), la Convención Interamericana contra la Corrupción (1997) y el Compromiso de Lima "Gobernabilidad Democrática frente a la Corrupción" de la Cumbre de las Américas (2018), todos suscritos por Brasil, reforzarían la imposibilidad jurídica de acceder a la solicitud de asilo diplomático interpuesta por Nadine Heredia. 

En resumen, el asilo diplomático continúa siendo una figura de gran relevancia en América Latina, donde sigue representando un instrumento de protección política en momentos de crisis. Aunque su aplicación varía según el contexto, el país y en muchos casos, las filiaciones ideológicas, un hecho por el que le ha generado todo tipo de críticas.

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